LICENCIAS Y CITAS LITERALES — MAPA «RADÓN: EL GAS DEL SUELO» Capturado y verificado: 2026-09-03 ═══════════════════════════════════════════════════════════════════════════ FUENTE PRINCIPAL: CTE DB-HS6 «Protección frente a la exposición al radón» ═══════════════════════════════════════════════════════════════════════════ Norma: Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación (BOE-A-2019-18528). Documento: Documento Básico HS Salubridad, Sección HS 6 «Protección frente a la exposición al radón». Apéndice/Anejo B: relación de términos municipales por zona. Origen: https://www.codigotecnico.org (PDF oficial DBHS.pdf descargado y extraído; copia en radon_src/) BOE: https://www.boe.es (BOE-A-2019-18528.pdf en radon_src/) ── CITAS LITERALES DEL DOCUMENTO OFICIAL ───────────────────────────────── Definición de las zonas (Apéndice B): «…hay una probabilidad significativa de que los edificios allí construidos sin soluciones específicas de protección frente al radón presenten concentraciones de radón superiores al nivel de referencia. 2 Se clasifican como: a) municipios de zona I; b) municipios de zona II.» Nivel de referencia: «…se establece un nivel de referencia para el promedio anual de concentración de radón en el interior de los mismos de 300 Bq/m3.» Definición de «nivel de referencia»: «Valor del promedio anual de concentración de radón por encima del cual se considera inapropiado permitir que se produzcan exposiciones…» Exigencias por zona (esto fija cuál es la MÁS exigente): Zona I: «En los municipios de zona I, se dispondrá una barrera de protección […] entre el terreno y los locales habitables del edificio, que limite el paso de los gases provenientes del terreno.» Zona II: «En los municipios de zona II, se dispondrá una barrera de protección […] junto con un sistema adicional que podrá ser: i) un espacio de contención ventilado […]» Correspondencia con medidas reales (confirma la gradación I < II): «a) si se presentan valores comprendidos entre 1 y 2 veces el nivel de referencia, se adoptarán las soluciones correspondientes a municipios de zona I; b) si se presentan valores que superen 2 veces el nivel de referencia, se adoptarán las soluciones correspondientes a municipios de zona II.» → CONCLUSIÓN VERIFICADA, usada en el color del mapa: **zona II es la de mayor exposición potencial**, zona I la intermedia. Invertir esta escala en un mapa de salud sería un error grave; queda documentado aquí. ── REUTILIZACIÓN ───────────────────────────────────────────────────────── Se trata de texto normativo español publicado en el BOE y en el portal del Código Técnico de la Edificación (Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana). Los textos legales son de libre reproducción citando la norma. El aviso legal del portal del CTE está capturado en radon_src/avisoLegalCTE.pdf. Atribución usada en el mapa: «CTE DB-HS6, Anejo B (Real Decreto 732/2019)». ═══════════════════════════════════════════════════════════════════════════ COORDENADAS DE LOS MUNICIPIOS ═══════════════════════════════════════════════════════════════════════════ AEMET, maestro de municipios (`/api/maestro/municipios`): código INE, nombre, latitud y longitud decimales. Ya verificado y documentado en docs/fuentes.md. Atribución: «Fuente: AEMET» (Ley 18/2015). ═══════════════════════════════════════════════════════════════════════════ GUÍA SANITARIA OFICIAL ═══════════════════════════════════════════════════════════════════════════ Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) — https://www.csn.es El mapa enlaza al CSN como referencia oficial sobre radón y su medición. El CSN es también el organismo del mapa del potencial de radón (proyecto MARNA); NO se ha usado ese mapa como capa: no se localizó un servicio de datos con licencia clara en esta pasada, y se prefiere no publicar lo que no se puede citar. Queda como camino para una siguiente iteración. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════════════ LO QUE ESTE MAPA NO ES (y así se declara en pantalla) ═══════════════════════════════════════════════════════════════════════════ · NO es una medición. Es la clasificación normativa del MUNICIPIO. · NO dice nada de una vivienda concreta: dos casas de la misma calle pueden dar valores muy distintos según planta, ventilación y construcción. · «No listado» NO significa «sin radón» ni «seguro»: significa que la norma no exige medidas específicas en ese término municipal. · La única forma de conocer una vivienda es MEDIRLA (detectores de bajo coste; la medición debe durar meses porque el radón varía con la estación). · Es un mapa de REFERENCIA: el radón es geología y no cambia. Lo que fecha este dato es la norma (2019), no una hora de horneado.